jueves, 19 de noviembre de 2009

Despacito, despacito...

(Nota Facebook, 19/11/2009) Desde el mismo día que se anunció la "reforma" al sistema de salud pública en Pilar, y hasta ahora, lo criticamos y expusimos las razones que hacían de esa mal llamada reforma, una grave profundización del servicio de salud pública. No se trataba (no se trata) de falencias en el personal, ni siquiera en las instalaciones; se trata de la mala gestión que realiza el gobierno de Zúccaro. Parece que ahora, el Intendente ha reconocido que ésta es su principal falencia....

Y con respecto a la publicidad oficial, que parecería ahora se quiere regular, les dejo un sólo artículo del proyecto de Ordenanza que presentamos en 2004, quizás EL MAS IMPORTANTE: allí se prohíbe utilizar fondos públicos para promocionar a persona alguna, o partido político... justo justo, lo que hace hasta el cansancio Zúccaro, que hasta en una solicitada por la conmemoración del Día de la Lealtad Peronista, firma con el ESCUDO municipal y su nombre. Así, con fondos públicos, yo también me posiciono rápido...

Artículo 12°: Prohibiciones: Se prohíbe a las entidades públicas objeto de la presente y a los funcionarios de las mismas, en relación a las actividades comprendidas:a)- La publicidad oficial no debe promover -explícita o implícitamente- los intereses de ningún partido político ni del gobierno, ni estar al servicio de destacar sus logros de gestión.b)- Realizar, promover o participar de actividades no encuadradas en las citadas en el Art. 4°.c)- Citar por su nombre, o utilizar simbología que remita a, o a sus partidos políticos, incluir imágenes o voz de autoridades o funcionarios públicos en estas actividades, que supongan promoción personal, especialmente en épocas electorales.d)- Incluir mensajes discriminatorios o contrarios a los principios, valores, declaraciones, derechos y garantías consagradas en la Constitución Provincial, Constitución Nacional y tratados de la misma jerarquía, esta prohibición no incluye la posibilidad de debatir pública y democráticamente estos principios, o sus alcances. e)- Disponer de recursos destinados a otras contrataciones y destinarlas a las reguladas en la presente. Se prohíbe de forma expresa la compensación de la partida destinada a publicidad.f)- Contratar a periodistas, creativos, publicitas, etc. con fines propios de su profesión por medios diferentes de los aquí indicados, con excepción del empleo público o designaciones políticas como funcionarios para el área prensa.

Si la mano sigue por el lado de reconocer lo que hizo y hace mal, quizás en uno de estos días, Zúccaro reconozca lo inaceptable del sistema de transporte público de colectivos, la ausencia de planificación urbana, el trágico "corredor nocturno" que no hace más que sumar violencia a la noche de Pilar, la ausencia de políticas de participación ciudadana, etc., etc.

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